Esta
noticia es relevante en cuanto a partir de ella se puede hacer algunos
pronósticos acerca del movimiento social
en general y en especial de las relaciones humanas.
Tengamos
presente que estos fallos son solamente posibles a partir del imperio del neoliberalismo.
El neoliberalismo no es solamente un
modo de encarar la economía sino toda una ideología, que como tal, incluye las
relaciones que tenemos con nuestros congéneres y aún con nosotros mismos.
Implica un mundo de significados que se nos va imponiendo y en este orden son
los que fundamentan los diversos fallos judiciales que en distintos ámbitos se
van dictando.
Tomemos
como punto de partida aquella entrevista
en la que Margaret Thatcher se preguntaba '¿quién es la sociedad?' y
ella misma respondía 'no existe tal cosa,
tan sólo individuos, hombres y mujeres'
Al parecer, cuando se me enseñó que la familia es la célula
primaria de la sociedad, desde el punto de vista de Thatcher y quienes como
ella piensan, se me estuvo mintiendo descaradamente, se me hizo creer en otra
fantasía como la de los reyes magos que cada año me traían sus regalos, pues la
sociedad no existe. Claro, la consecuencia es que entonces la familia ya no es
célula de algo, ya no es célula, o sea, la familia tampoco es. ‘tan sólo individuos, hombres y mujeres' Seres aislados, encerrados en sí mismos que
deambulamos por el universo sin posibilidad de unirnos, de concretar
formaciones más amplias, más comprensivas, inclusivas.
El fallo de esta corte
de Derechos Humanos es representativo de este pensamiento pues deja de
lado a la sociedad y corona al individuo
como superior a ella. Un individuo, en este caso, que tiene a su privacidad
como un más allá al que las leyes no pueden alcanzar.
¿Importa que esas imágenes sean de cientos, miles, de niños
siendo violados, abusados sexualmente? ¿Interesa que esas imágenes de niños
siendo abusados sean fruto de un delito? ¿dónde quedan los niños victimizados? No, eso
ya no cuenta.
Es el imperio del individuo, de este ser solo incapacitado
para establecer conexiones, para agruparse pues en este esquema no hay nada que
modificar ni por qué luchar pues la sociedad no existe, a lo sumo lo que puedo
modificar es mi situación personal en relación al mercado y a mis posibilidades
de consumo. No hay horizontes humanos sino funcionales dentro de un sistema de
compra, venta, uso, en el que todo, todo, es
mercadería transable.
No hay paso, transición posible desde el individuo al grupo,
al barrio, al colectivo,a la sociedad.
Cuando desde el abolicionismo decimos que la prostitución
daña no solamente a la persona que es llevada a esa situación sino a toda mujer
–también a todo hombre- , estamos haciendo un discurso vacío para los
neoliberales, muy lejano a su comprensión porque apelamos a conceptos que para
ellos han muerto, carecen de significado. ¿cómo se puede dañar a algo que no
existe?
El reglamentarismo de la prostitución se inscribe netamente
dentro del lineamiento neoliberal. Se pide que el Estado intervenga únicamente
para garantizar al comercio de los
cuerpos su inserción en el mercado y su desempeño como “un trabajo como
cualquier otro”, liberado de las ataduras que pudieran constreñir su expansión
y ganancias. La bandera del supuesto pedido de “derechos” para las trabajadoras
es solamente eso, una capa encubridora, pues a sabemos en que quedan reducidos
los derechos del trabajador en el capitalismo neoliberal.
Este fallo del Tribunal de DDHH de Estrasburgo representa
todo esto, el placer que le produce al individuo observar imágenes de niños siendo
violados debe ser protegido porque es el centro del sistema al que oponemos un
fantasmático colectivo de “niños abusados” pero carente de entidad.
Si alguien dijera “cuidemos a los niños”, Thatcher bien nos
podría responder: no existe tal cosa como “los niños”, solamente pequeños
individuos que andan por ahí…
Alberto B Ilieff
El Tribunal de
Estrasburgo ampara a un condenado por pornografía infantil
La Policía registró el ordenador del acusado después de que
lo llevase a una tienda de informática y un técnico encontrara elementos
pedopornográficos. El Tribunal Supremo y el Constitucional rechazaron el
recurso del demandante, amparándose en su derecho a la vida privada. El
Tribunal de Estrasburgo considera que la incautación del ordenador y el examen
de los archivos no eran "necesarios en una sociedad democrática".
EFE. 30.05.2017 -
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha
condenado este martes a España por no proteger el derecho a la vida privada de
Carlos Trabajo Rueda, condenado por posesión y difusión de imágenes
pornográficas de menores y cuyo ordenador fue revisado por la policía sin
autorización judicial.
El demandante había solicitado una indemnización de 134.805
euros por haber tenido que "vivir en clandestinidad hasta la prescripción
de la pena" y "fuera de ley". La Corte cree que la sentencia
supone una compensación suficiente.
Trabajo Rueda llevó su ordenador a una tienda de informática
de Sevilla para cambiar la grabadora el 17 de diciembre de 2007 y aclaró que el
aparato no tenía clave de acceso.
Un técnico hizo un test con varios archivos de "mis
documentos" y encontró los elementos pedopornográficos, que denunció a la
policía.
Ante las imágenes encontradas también en el programa de
intercambio eMule, el ordenador pasó a la policía
judicial y se puso en
conocimiento del juez instructor.
La Audiencia Provincial de Sevilla condenó en 2008 a Trabajo
Rueda a cuatro años de prisión y señaló "que era difícil reconocer al
demandante el derecho a la vida privada" porque "sus archivos eran
accesibles a quien se conectara a la red de intercambio".
Los Tribunales Supremo y Constitucional rechazaron los
recursos del demandante.
El 27 de mayo de 2009, la Audiencia Provincial de Sevilla
dictó una orden arresto para que el demandante cumpliera la pena de prisión. Su
fuga lo impidió y la condena prescribió el 3 de abril de 2014.
El fallo del Tribunal de Estrasburgo concluye que la
incautación del ordenador y el examen de los archivos por la policía "no
eran proporcionados al fin buscado ni necesarios en una sociedad
democrática".
Para la Sala Tercera de la Corte, "es difícil apreciar
la urgencia que obligó a la policía" a examinar los archivos sin
autorización judicial, ya que "no existía ningún riesgo de desaparición de
los ficheros". Recuerda el Tribunal que "los abusos sexuales constituyen
sin duda un comportamiento odioso que hace más frágiles a las víctimas" y
"los menores y otras personas vulnerables tienen derecho a la protección
del Estado".
El juez ruso Dmitri Dedov votó en contra de la sentencia
porque considera que el derecho a la vida privada no es compatible con la
vulneración de leyes. Y afirmó que el "lema" de la sentencia podría
ser "fiat iustitia, et pereas mundus" (Hágase justicia, aunque
perezca el mundo).
Fuente:
http://gerente.com/co/rss-article/el-tribunal-de-estrasburgo-ampara-a-un-condenado-por-pornografia-infantil/